Si el abogado o procurador perjudicara de forma manifiesta los intereses que le fueren encomendados por imprudencia grave, el artículo 467.2 del Código Penal impone las penas de:
- Opción a: Multa de doce a veinticuatro meses e inhabilitación especial para su profesión de uno a cuatro años.
- Opción b: Multa de seis a doce meses e inhabilitación especial para su profesión de seis meses a dos años.
- Opción c: Multa de seis a doce meses e inhabilitación especial para su profesión de dos a cuatro años.
- Opción d: Multa de tres a seis meses e inhabilitación especial para su profesión de seis meses a dos años.
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Respuesta correcta: b)
El párrafo segundo del art. 467.2 CP castiga la modalidad por imprudencia grave con multa de seis a doce meses e inhabilitación especial para su profesión de seis meses a dos años.