Real Decreto de 24 de julio de 1889, Código Civil

Artículo 1076.

Art. 1076 CC

Los artículos se reforman. Aquí puedes leer cómo decía a una fecha concreta. ¿Qué elijo?

Hoy

La acción rescisoria por causa de lesión durará cuatro años, contados desde que se hizo la partición.

Última modificación: 15 de octubre de 2026Ver en el BOE (pestaña nueva)