Real Decreto de 24 de julio de 1889, Código Civil

Artículo 1800.

Art. 1800 CC

Los artículos se reforman. Aquí puedes leer cómo decía a una fecha concreta. ¿Qué elijo?

Hoy

No se consideran prohibidos los juegos que contribuyen al ejercicio del cuerpo, como son los que tienen por objeto adiestrarse en el manejo de las armas, las carreras a pie o a caballo, las de carros, el juego de pelota y otros de análoga naturaleza.

Última modificación: 15 de octubre de 2026Ver en el BOE (pestaña nueva)