Real Decreto de 24 de julio de 1889, Código Civil

Artículo 617.

Art. 617 CC

Los artículos se reforman. Aquí puedes leer cómo decía a una fecha concreta. ¿Qué elijo?

Hoy

Los derechos sobre los objetos arrojados al mar o sobre los que las olas arrojen a la playa, de cualquier naturaleza que sean, o sobre las plantas y hierbas que crezcan en su ribera, se determinan por leyes especiales.

Última modificación: 15 de octubre de 2026Ver en el BOE (pestaña nueva)