Real Decreto de 24 de julio de 1889, Código Civil

Artículo 625.

Art. 625 CC

Los artículos se reforman. Aquí puedes leer cómo decía a una fecha concreta. ¿Qué elijo?

Hoy

Podrán aceptar donaciones todos los que no estén especialmente incapacitados por la ley para ello.

Última modificación: 15 de octubre de 2026Ver en el BOE (pestaña nueva)