Real Decreto de 24 de julio de 1889, Código Civil

Artículo 687.

Art. 687 CC

Los artículos se reforman. Aquí puedes leer cómo decía a una fecha concreta. ¿Qué elijo?

Hoy

Será nulo el testamento en cuyo otorgamiento no se hayan observado las formalidades respectivamente establecidas en este capítulo.

Última modificación: 15 de octubre de 2026Ver en el BOE (pestaña nueva)