Real Decreto de 24 de julio de 1889, Código Civil
Artículo 916.
Art. 916 CCLa serie de grados forma la línea, que puede ser directa o colateral.
Se llama directa la constituida por la serie de grados entre personas que descienden una de otra.
Y colateral la constituida por la serie de grados entre personas que no descienden unas de otras, pero que proceden de un tronco común.
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