Real Decreto de 22 de agosto de 1885, Código de Comercio

Art. 205.

Art. 205 CCOM

Los artículos se reforman. Aquí puedes leer cómo decía a una fecha concreta. ¿Qué elijo?

Hoy

Cuando los inmuebles hipotecados disminuyan de valor en un 40 por 100, el banco podrá pedir el aumento de la hipoteca hasta cubrir la depreciación, o la rescisión del contrato, y entre estos dos extremos optará el deudor.

Última modificación: 15 de octubre de 2026Ver en el BOE (pestaña nueva)