Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal

Artículo 261.

Art. 261 CP

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Hoy

El que en procedimiento concursal presentare, a sabiendas, datos falsos relativos al estado contable, con el fin de lograr indebidamente la declaración de aquel, será castigado con la pena de prisión de uno a dos años y multa de seis a 12 meses.

Última modificación: 15 de octubre de 2026Ver en el BOE (pestaña nueva)

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Del 24/05/1996 al 30/09/2004BOE-A-1995-25444

Artículo 261.

El que en procedimiento de quiebra, concurso o expediente de suspensión de pagos presentare, a sabiendas, datos falsos relativos al estado contable, con el fin de lograr indebidamente la declaración de aquéllos, será castigado con la pena de prisión de uno a dos años y multa de seis a doce meses.

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Artículo 261. El que en procedimiento [suprimido: de quiebra, concurso o expediente de suspensión de pagos] [añadido: concursal] presentare, a sabiendas, datos falsos relativos al estado contable, con el fin de lograr indebidamente la declaración de [suprimido: aquéllos,] [añadido: aquel,] será castigado con la pena de prisión de uno a dos años y multa de seis a [suprimido: doce] [añadido: 12] meses.

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