Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal
Artículo 297.
Art. 297 CPA los efectos de este capítulo se entiende por sociedad toda cooperativa, Caja de Ahorros, mutua, entidad financiera o de crédito, fundación, sociedad mercantil o cualquier otra entidad de análoga naturaleza que para el cumplimiento de sus fines participe de modo permanente en el mercado.
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