Declaración Universal de Derechos Humanos, adoptada por la Asamblea General de las Naciones Unidas el 10 de diciembre de 1948
Artículo 28
Art. 28 DUDHToda persona tiene derecho a que se establezca un orden social e internacional en el que los derechos y libertades proclamados en esta Declaración se hagan plenamente efectivos.
Última modificación: 15 de octubre de 2026Ver en el BOE (pestaña nueva)
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