Ley 50/1981, de 30 de diciembre, por la que se regula el Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal

Artículo veintitrés

Art. 23 EOMF

Los artículos se reforman. Aquí puedes leer cómo decía a una fecha concreta. ¿Qué elijo?

Hoy

Los miembros del Ministerio Fiscal son autoridad a todos los efectos y actuarán siempre en representación de la Institución. En cualquier momento de la actividad que un Fiscal esté realizando en cumplimiento de sus funciones o antes de iniciar la que le estuviese asignada en virtud del sistema de distribución de asuntos entre los miembros de la Fiscalía, podrá su superior jerárquico inmediato, mediante resolución motivada, avocar para sí el asunto o designar a otro Fiscal para que lo despache. Si existe discrepancia resolverá el superior jerárquico común a ambos. La sustitución será comunicada en todo caso al Consejo Fiscal, que podrá expresar su parecer.

Última modificación: 15 de octubre de 2026Ver en el BOE (pestaña nueva)

Versiones anteriores

Las redacciones que tuvo este artículo antes de la actual.

Del 02/02/1982 al 10/10/2007BOE-A-1982-837

Artículo veintitrés

Los miembros del Ministerio Fiscal son autoridad a todos los efectos. Actuarán siempre en representación de la Institución y por delegación de su jefe respectivo. En cualquier momento del proceso o de la actividad que un Fiscal realice, en cumplimiento de sus funciones, podrá su superior inmediato sustituirlo por otro, si razones fundadas así lo aconsejan. Esta sustitución será comunicada al Consejo Fiscal.

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8 bloques añadidos y 8 suprimidos.

Artículo veintitrés Los miembros del Ministerio Fiscal son autoridad a todos los [suprimido: efectos. Actuarán] [añadido: efectos y actuarán] siempre en representación de la [suprimido: Institución y por delegación de su jefe respectivo.] [añadido: Institución.] En cualquier momento [suprimido: del proceso o] de la actividad que un Fiscal [suprimido: realice,] [añadido: esté realizando] en cumplimiento de sus [suprimido: funciones,] [añadido: funciones o antes de iniciar la que le estuviese asignada en virtud del sistema de distribución de asuntos entre los miembros de la Fiscalía,] podrá su superior [suprimido: inmediato sustituirlo por otro, si razones fundadas así] [añadido: jerárquico inmediato, mediante resolución motivada, avocar para sí el asunto o designar a otro Fiscal para que] lo [suprimido: aconsejan. Esta] [añadido: despache. Si existe discrepancia resolverá el superior jerárquico común a ambos. La] sustitución será comunicada [añadido: en todo caso] al Consejo [suprimido: Fiscal.] [añadido: Fiscal, que podrá expresar su parecer.]