Ley 29/1994, de 24 de noviembre, de Arrendamientos Urbanos

Disposición final segunda. Entrada en vigor.

Disposición final 2.ª LAU

Los artículos se reforman. Aquí puedes leer cómo decía a una fecha concreta. ¿Qué elijo?

Hoy

La presente ley entrará en vigor el día 1 de enero de 1995.

El apartado 3 de la disposición transitoria segunda entrará en vigor el día siguiente al de la publicación de la presente ley en el «Boletín Oficial del Estado».

Los traspasos de local de negocio producidos a partir de la fecha señalada en el párrafo anterior se considerarán producidos a partir de la entrada en vigor de la ley.

Última modificación: 15 de octubre de 2026Ver en el BOE (pestaña nueva)