Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil
Artículo 27. Derecho supletorio sobre apoderamiento.
Art. 27 LECA falta de disposición expresa sobre las relaciones entre el poderdante y el procurador, regirán las normas establecidas para el contrato de mandato en la legislación civil aplicable.
Última modificación: 15 de octubre de 2026Ver en el BOE (pestaña nueva)