Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil

Disposición final vigésimo novena. Entrada en vigor.

Disposición final 29.ª LEC

Los artículos se reforman. Aquí puedes leer cómo decía a una fecha concreta. ¿Qué elijo?

Hoy

La presente Ley entrará en vigor al año de su publicación en el "Boletín Oficial del Estado".

Su anterior numeración era disposición final 27.

Última modificación: 15 de octubre de 2026Ver en el BOE (pestaña nueva)