Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil
Disposición transitoria sexta. Ejecución forzosa.
Disposición transitoria 6.ª LECLos procesos de ejecución ya iniciados al entrar en vigor esta Ley se regirán por lo dispuesto en ella para las actuaciones ejecutivas que aún puedan realizarse o modificarse hasta la completa satisfacción del ejecutante.
Última modificación: 15 de octubre de 2026Ver en el BOE (pestaña nueva)