Ley 14/2006, de 26 de mayo, sobre técnicas de reproducción humana asistida
Artículo 25. Responsables.
Art. 25 LEY 14/2006De las diferentes infracciones será responsable su autor.
Cuando el cumplimiento de las obligaciones previstas en esta Ley corresponda a varias personas conjuntamente, responderán de forma solidaria de las infracciones que se comentan y de las sanciones que se impongan.
De conformidad con lo previsto en el artículo 130.3 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, los directores de los centros o servicios responderán solidariamente de las infracciones cometidas por los equipos biomédicos dependientes de aquéllos.
Última modificación: 15 de octubre de 2026Ver en el BOE (pestaña nueva)