Ley 27/1999, de 16 de julio, de Cooperativas
Disposición adicional undécima. Programas anuales para el impulso, promoción y fomento del cooperativismo.
Disposición adicional 11.ª LEY 27/1999El Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales elaborará y llevará a cabo programas anuales para el impulso, promoción y fomento del cooperativismo, previo informe del Consejo para el Fomento de la Economía Social.
Última modificación: 15 de octubre de 2026Ver en el BOE (pestaña nueva)