Ley 41/2003, de 18 de noviembre, de protección patrimonial de las personas con discapacidad

Disposición final segunda. Desarrollo reglamentario.

Disposición final 2.ª LEY 41/2003

Los artículos se reforman. Aquí puedes leer cómo decía a una fecha concreta. ¿Qué elijo?

Hoy

El Gobierno aprobará las disposiciones reglamentarias necesarias para el desarrollo de esta ley en el plazo de seis meses desde su entrada en vigor.

Última modificación: 15 de octubre de 2026Ver en el BOE (pestaña nueva)