Ley 41/2003, de 18 de noviembre, de protección patrimonial de las personas con discapacidad
Disposición final segunda. Desarrollo reglamentario.
Disposición final 2.ª LEY 41/2003El Gobierno aprobará las disposiciones reglamentarias necesarias para el desarrollo de esta ley en el plazo de seis meses desde su entrada en vigor.
Última modificación: 15 de octubre de 2026Ver en el BOE (pestaña nueva)