Ley 48/1960, de 21 de julio, sobre Navegación Aérea

Artículo cincuenta y siete.

Art. 57 LEY 48/1960

Los artículos se reforman. Aquí puedes leer cómo decía a una fecha concreta. ¿Qué elijo?

Hoy

El personal de tierra comprende a los directivos, técnicos y auxiliares de aeropuerto, aeródromo e instalaciones que apoyen directamente a la navegación aérea, así como el personal que realice tareas de apoyo a la operación con aeronaves no tripuladas.

Última modificación: 15 de octubre de 2026Ver en el BOE (pestaña nueva)

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Del 12/08/1960 al 19/10/2025BOE-A-1960-10905

Artículo cincuenta y siete.

El personal de tierra comprende a los directivos, técnicos y auxiliares de aeropuerto, aeródromo e instalaciones que apoyen directamente a la navegación aérea.

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Artículo cincuenta y siete. El personal de tierra comprende a los directivos, técnicos y auxiliares de aeropuerto, aeródromo e instalaciones que apoyen directamente a la navegación [suprimido: aérea.] [añadido: aérea, así como el personal que realice tareas de apoyo a la operación con aeronaves no tripuladas.]