Ley 7/1996, de 15 de enero, de Ordenación del Comercio Minorista
Artículo 35. Veracidad de la oferta.
Art. 35 LEY 7/1996Queda prohibido que, en la oferta al público de mercancías de cualquier clase, se invoque por el vendedor su condición de fabricante o mayorista, a menos que reúna las circunstancias siguientes:
a) Que, en el primer caso, fabrique realmente la totalidad de los productos puestos a la venta y, en el segundo, realice sus operaciones de venta fundamentalmente a comerciantes minoristas.
b) Que los precios ofertados sean los mismos que aplica a otros comerciantes, mayoristas o minoristas, según los casos.
Última modificación: 15 de octubre de 2026Ver en el BOE (pestaña nueva)