Decreto de 8 de febrero de 1946, Ley Hipotecaria

Disposición adicional segunda.

Disposición adicional 2.ª LH

Los artículos se reforman. Aquí puedes leer cómo decía a una fecha concreta. ¿Qué elijo?

Hoy

Los sistemas electrónicos registrales serán interoperables con los sistemas de la Administración de Justicia para el cumplimiento de las disposiciones previstas en las leyes procesales.

Última modificación: 15 de octubre de 2026Ver en el BOE (pestaña nueva)