Ley 5/2012, de 6 de julio, de mediación en asuntos civiles y mercantiles
Disposición adicional tercera. Escrituras públicas de formalización de acuerdos de mediación.
Disposición adicional 3.ª LMACMPara el cálculo de los honorarios notariales de la escritura pública de formalización de los acuerdos de mediación se aplicarán los aranceles correspondientes a los «Documentos sin cuantía» previstos en el número 1 del anexo I del Real Decreto 1426/1989, de 17 de noviembre, por el que se aprueba el arancel de los notarios.
Última modificación: 15 de octubre de 2026Ver en el BOE (pestaña nueva)