Ley 5/2012, de 6 de julio, de mediación en asuntos civiles y mercantiles

Disposición adicional tercera. Escrituras públicas de formalización de acuerdos de mediación.

Disposición adicional 3.ª LMACM

Los artículos se reforman. Aquí puedes leer cómo decía a una fecha concreta. ¿Qué elijo?

Hoy

Para el cálculo de los honorarios notariales de la escritura pública de formalización de los acuerdos de mediación se aplicarán los aranceles correspondientes a los «Documentos sin cuantía» previstos en el número 1 del anexo I del Real Decreto 1426/1989, de 17 de noviembre, por el que se aprueba el arancel de los notarios.

Última modificación: 15 de octubre de 2026Ver en el BOE (pestaña nueva)