Ley 5/2012, de 6 de julio, de mediación en asuntos civiles y mercantiles

Disposición final novena. Evaluación de las medidas adoptadas por la presente Ley.

Disposición final 9.ª LMACM

Los artículos se reforman. Aquí puedes leer cómo decía a una fecha concreta. ¿Qué elijo?

Hoy

El Gobierno deberá remitir a las Cortes Generales, en el plazo de dos años, un informe sobre la aplicación, la efectividad y los efectos del conjunto de medidas adoptadas por la presente Ley a los efectos de evaluar su funcionamiento.

Dicho informe incluirá asimismo la posible adopción de otras medidas, tanto sustantivas como procedimentales, que, a través de las oportunas iniciativas, mejoren la mediación en asuntos civiles y mercantiles.

Última modificación: 15 de octubre de 2026Ver en el BOE (pestaña nueva)