Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de Marcas
Disposición adicional decimosexta. Proyecto de Ley de nombres de dominio en la red.
Disposición adicional 16.ª LMARCASEl Gobierno, en el plazo oportuno y tras los estudios y consultas que fueren necesarios, remitirá al Congreso de los Diputados un proyecto de Ley sobre los nombres incluidos en el dominio en la red de país de primer nivel ".es". La regulación se inspirará, entre otros, en los criterios aplicados a los signos distintivos protegidos por la legislación de propiedad industrial.
Última modificación: 15 de octubre de 2026Ver en el BOE (pestaña nueva)