Ley Orgánica 2/1989, de 13 de abril, Procesal Militar

Artículo 171.

Art. 171 LO 2/1989

Los artículos se reforman. Aquí puedes leer cómo decía a una fecha concreta. ¿Qué elijo?

Hoy

Están exentos del deber de concurrir a la sede del órgano judicial, pero no de declarar las demás personas de la Familia Real, que lo harán, en su caso, por escrito.

Última modificación: 15 de octubre de 2026Ver en el BOE (pestaña nueva)