Ley Orgánica 2/1989, de 13 de abril, Procesal Militar
Artículo 228.
Art. 228 LO 2/1989El quebrantamiento de la prisión atenuada o el incumplimiento de las condiciones o normas sobre salidas, darán lugar a su revocación por quien lo hubiere otorgado, sin perjuicio de la exigencia de las responsabilidades que del hecho pudieran deducirse.
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