Ley Orgánica 2/1989, de 13 de abril, Procesal Militar

Disposición adicional tercera.

Disposición adicional 3.ª LO 2/1989

Los artículos se reforman. Aquí puedes leer cómo decía a una fecha concreta. ¿Qué elijo?

Hoy

El párrafo primero del artículo 56 de la Ley Orgánica 12/1985, de 27 de noviembre, del Régimen Disciplinario de las Fuerzas Armadas, quedará redactado como sigue:

«Las notas desfavorables a que hace referencia el artículo anterior serán canceladas a instancia del interesado una vez transcurrido el plazo de un año, cuando se trate de falta leve, o de dos años si es falta grave.»

Última modificación: 15 de octubre de 2026Ver en el BOE (pestaña nueva)