LO 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial

Artículo 219.

Art. 219 LOPJ

Los artículos se reforman. Aquí puedes leer cómo decía a una fecha concreta. ¿Qué elijo?

Hoy

Son causas de abstención y, en su caso, de recusación:

1.ª El vínculo matrimonial o situación de hecho asimilable y el parentesco por consanguinidad o afinidad dentro del cuarto grado con las partes o el representante del Ministerio Fiscal.

2.ª El vínculo matrimonial o situación de hecho asimilable y el parentesco por consanguinidad o afinidad dentro del segundo grado con el letrado o el procurador de cualquiera de las partes que intervengan en el pleito o causa.

3.ª Ser o haber sido defensor judicial o integrante de los organismos tutelares de cualquiera de las partes, o haber estado bajo el cuidado o tutela de alguna de éstas.

4.ª Estar o haber sido denunciado o acusado por alguna de las partes como responsable de algún delito o falta, siempre que la denuncia o acusación hubieran dado lugar a la incoación de procedimiento penal y éste no hubiera terminado por sentencia absolutoria o auto de sobreseimiento.

5.ª Haber sido sancionado disciplinariamente en virtud de expediente incoado por denuncia o a iniciativa de alguna de las partes.

6.ª Haber sido defensor o representante de alguna de las partes, emitido dictamen sobre el pleito o causa como letrado, o intervenido en él como fiscal, perito o testigo.

7.ª Ser o haber sido denunciante o acusador de cualquiera de las partes.

8.ª Tener pleito pendiente con alguna de éstas.

9.ª Amistad íntima o enemistad manifiesta con cualquiera de las partes.

10.ª Tener interés directo o indirecto en el pleito o causa.

11.ª Haber participado en la instrucción de la causa penal o haber resuelto el pleito o causa en anterior instancia.

12.ª Ser o haber sido una de las partes subordinado del juez que deba resolver la contienda litigiosa.

13.ª Haber ocupado cargo público, desempeñado empleo o ejercido profesión con ocasión de los cuales haya participado directa o indirectamente en el asunto objeto del pleito o causa o en otro relacionado con el mismo.

14.ª En los procesos en que sea parte la Administración pública, encontrarse el juez o magistrado con la autoridad o funcionario que hubiese dictado el acto o informado respecto del mismo o realizado el hecho por razón de los cuales se sigue el proceso en alguna de las circunstancias mencionadas en las causas 1.ª a 9.ª, 12.ª, 13.ª y 15.ª de este artículo.

15.ª El vínculo matrimonial o situación de hecho asimilable, o el parentesco dentro del segundo grado de consanguinidad o afinidad, con el juez o magistrado que hubiera dictado resolución o practicado actuación a valorar por vía de recurso o en cualquier fase ulterior del proceso.

16.ª Haber ocupado el juez o magistrado cargo público o administrativo con ocasión del cual haya podido tener conocimiento del objeto del litigio y formar criterio en detrimento de la debida imparcialidad.

Redactados los números 10 y 11 conforme a la corrección de errores publicada en BOE núm. 264, de 4 de noviembre de 1985. Ref. BOE-A-1985-22752

Última modificación: 15 de octubre de 2026Ver en el BOE (pestaña nueva)

Versiones anteriores

Las redacciones que tuvo este artículo antes de la actual.

Del 06/12/1997 al 14/01/2004BOE-A-1997-26034

Artículo doscientos diecinueve

Son causas de abstención y, en su caso, de recusación:.

1.º El vínculo matrimonial o situación de hecho asimilable y el parentesco por consanguinidad o afinidad dentro del cuarto grado con cualquiera de los expresados en el artículo anterior.

2.º El vínculo matrimonial o situación de hecho asimilable y el parentesco por consanguinidad o afinidad dentro del segundo grado con el Letrado y el Procurador de cualquiera de las partes que intervengan en el pleito o causa.

3.º Ser o haber sido defensor judicial o integrante de los organismos tutelares de cualquiera de las partes, o haber estado bajo el cuidado o tutela de alguna de éstas.

4.º Estar o haber sido denunciado o acusado por alguna de las partes como responsable de algún delito o falta.

5.º Haber sido defensor o representante de alguna de las partes, emitido dictamen sobre el pleito o causa como Letrado, o intervenido en él como Fiscal, perito o testigo.

6.º Ser o haber sido denunciante o acusador de cualquiera de las partes.

7.º Tener pleito pendiente con alguna de éstas.

8.º Amistad íntima o enemistad manifiesta con cualquiera de los expresados en el artículo anterior.

9.º Tener interés directo o indirecto con el pleito o causa.

10.º Haber actuado como instructor de la causa penal o haber resuelto el pleito o causa en anterior instancia.

11.º Ser una de las partes subordinado del Juez que deba resolver la contienda litigiosa.

12.º Haber ocupado el Juez o Magistrado cargo público con ocasión del cual haya podido formar criterio, en detrimento de la debida imparcialidad, sobre el objeto del pleito o causa, sobre las partes, sus representantes y asesores.

Del 01/01/1989 al 05/12/1997BOE-A-1988-29621

Artículo doscientos diecinueve

Son causas de abstención y, en su caso, de recusación:.

1.º El vínculo matrimonial o situación de hecho asimilable y el parentesco por consanguinidad o afinidad dentro del cuarto grado con cualquiera de los expresados en el artículo anterior.

2.º El vínculo matrimonial o situación de hecho asimilable y el parentesco por consanguinidad o afinidad dentro del segundo grado con el Letrado y el Procurador de cualquiera de las partes que intervengan en el pleito o causa.

3.º Ser o haber sido defensor judicial o integrante de los organismos tutelares de cualquiera de las partes, o haber estado bajo el cuidado o tutela de alguna de éstas.

4.º Estar o haber sido denunciado o acusado por alguna de las partes como responsable de algún delito o falta.

5.º Haber sido defensor o representante de alguna de las partes, emitido dictamen sobre el pleito o causa como Letrado, o intervenido en él como Fiscal, perito o testigo.

6.º Ser o haber sido denunciante o acusador de cualquiera de las partes.

7.º Tener pleito pendiente con alguna de éstas.

8.º Amistad íntima o enemistad manifiesta con cualquiera de los expresados en el artículo anterior.

9.º Tener interés directo o indirecto con el pleito o causa.

10.º Haber actuado como instructor de la causa penal o haber resuelto el pleito o causa en anterior instancia.

11.º Ser una de las partes subordinado del Juez que deba resolver la contienda litigiosa.

Del 03/07/1985 al 31/12/1988BOE-A-1985-12666

Artículo doscientos diecinueve

Son causas de abstención y, en su caso, de recusación:.

1.º El vínculo matrimonial o situación de hecho asimilable y el parentesco por consanguinidad o afinidad dentro del cuarto grado con cualquiera de los expresados en el artículo anterior.

2.º El vínculo matrimonial o situación de hecho asimilable y el parentesco por consanguinidad o afinidad dentro del segundo grado con el Letrado y el Procurador de cualquiera de las partes que intervengan en el pleito o causa.

3.º Ser o haber sido defensor judicial o integrante de los organismos tutelares de cualquiera de las partes, o haber estado bajo el cuidado o tutela de alguna de éstas.

4.º Estar o haber sido denunciado o acusado por alguna de las partes como responsable de algún delito o falta.

5.º Haber sido defensor o representante de alguna de las partes, emitido dictamen sobre el pleito o causa como Letrado, o intervenido en él como Fiscal, perito o testigo.

6.º Ser o haber sido denunciante o acusador de cualquiera de las partes.

7.º Tener pleito pendiente con alguna de éstas.

8.º Amistad íntima o enemistad manifiesta con cualquiera de los expresados en el artículo anterior.

9.º Tener interés directo o indirecto con el pleito o causa.

10.º Haber sido instructor de la causa cuando el conocimiento del juicio esté atribuido a otro Tribunal o haber fallado el pleito o causa en anterior instancia.

11.º Ser una de las partes subordinado del Juez que deba resolver la contienda litigiosa.

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34 bloques añadidos y 29 suprimidos.

Artículo [suprimido: doscientos diecinueve] [añadido: 219.] Son causas de abstención y, en su caso, de [suprimido: recusación:.] [añadido: recusación:] [suprimido: 1.º] [añadido: 1.ª] El vínculo matrimonial o situación de hecho asimilable y el parentesco por consanguinidad o afinidad dentro del cuarto grado con [suprimido: cualquiera de los expresados en] [añadido: las partes o] el [suprimido: artículo anterior.] [añadido: representante del Ministerio Fiscal.] [suprimido: 2.º] [añadido: 2.ª] El vínculo matrimonial o situación de hecho asimilable y el parentesco por consanguinidad o afinidad dentro del segundo grado con el [suprimido: Letrado y] [añadido: letrado o] el [suprimido: Procurador] [añadido: procurador] de cualquiera de las partes que intervengan en el pleito o causa. [suprimido: 3.º] [añadido: 3.ª] Ser o haber sido defensor judicial o integrante de los organismos tutelares de cualquiera de las partes, o haber estado bajo el cuidado o tutela de alguna de éstas. [suprimido: 4.º] [añadido: 4.ª] Estar o haber sido denunciado o acusado por alguna de las partes como responsable de algún delito o [suprimido: falta.] [añadido: falta, siempre que la denuncia o acusación hubieran dado lugar a la incoación de procedimiento penal y éste no hubiera terminado por sentencia absolutoria o auto de sobreseimiento.] [suprimido: 5.º] [añadido: 5.ª] Haber sido [añadido: sancionado disciplinariamente en virtud de expediente incoado por denuncia o a iniciativa de alguna de las partes. 6.ª Haber sido] defensor o representante de alguna de las partes, emitido dictamen sobre el pleito o causa como [suprimido: Letrado,] [añadido: letrado,] o intervenido en él como [suprimido: Fiscal,] [añadido: fiscal,] perito o testigo. [suprimido: 6.º] [añadido: 7.ª] Ser o haber sido denunciante o acusador de cualquiera de las partes. [suprimido: 7.º] [añadido: 8.ª] Tener pleito pendiente con alguna de éstas. [suprimido: 8.º] [añadido: 9.ª] Amistad íntima o enemistad manifiesta con cualquiera de [suprimido: los expresados en el artículo anterior.] [añadido: las partes.] [suprimido: 9.º] [añadido: 10.ª] Tener interés directo o indirecto [suprimido: con] [añadido: en] el pleito o causa. [suprimido: 10.º] [añadido: 11.ª] Haber [suprimido: actuado como instructor] [añadido: participado en la instrucción] de la causa penal o haber resuelto el pleito o causa en anterior instancia. [suprimido: 11.º] [añadido: 12.ª] Ser [añadido: o haber sido] una de las partes subordinado del [suprimido: Juez] [añadido: juez] que deba resolver la contienda litigiosa. [suprimido: 12.º] [añadido: 13.ª] Haber ocupado [añadido: cargo público, desempeñado empleo o ejercido profesión con ocasión de los cuales haya participado directa o indirectamente en] el [suprimido: Juez] [añadido: asunto objeto del pleito] o [suprimido: Magistrado] [añadido: causa o en otro relacionado con el mismo. 14.ª En los procesos en que sea parte la Administración pública, encontrarse el juez o magistrado con la autoridad o funcionario que hubiese dictado el acto o informado respecto del mismo o realizado el hecho por razón de los cuales se sigue el proceso en alguna de las circunstancias mencionadas en las causas 1.ª a 9.ª, 12.ª, 13.ª y 15.ª de este artículo. 15.ª El vínculo matrimonial o situación de hecho asimilable, o el parentesco dentro del segundo grado de consanguinidad o afinidad, con el juez o magistrado que hubiera dictado resolución o practicado actuación a valorar por vía de recurso o en cualquier fase ulterior del proceso. 16.ª Haber ocupado el juez o magistrado] cargo público [añadido: o administrativo] con ocasión del cual haya podido [añadido: tener conocimiento del objeto del litigio y] formar [suprimido: criterio,] [añadido: criterio] en detrimento de la debida [suprimido: imparcialidad, sobre el objeto del pleito o causa, sobre las partes, sus representantes y asesores.] [añadido: imparcialidad.]