LO 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial
Disposición transitoria cuarta. Juzgados de Menores.
Disposición transitoria 4.ª LOPJLos actuales Tribunales Titulares de Menores continuarán ejerciendo sus funciones hasta que entren en funcionamiento los Juzgados de Menores.
Última modificación: 15 de octubre de 2026Ver en el BOE (pestaña nueva)