Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General

Artículo doscientos veinticinco.

Art. 225 LOREG

Los artículos se reforman. Aquí puedes leer cómo decía a una fecha concreta. ¿Qué elijo?

Hoy

1. El Tribunal competente a efectos de recurso contencioso electoral es el Tribunal Supremo.

2. La notificación de la Sentencia que resuelve un proceso contencioso electoral se producirá no más tarde del cuadragésimo quinto día posterior a las elecciones.

Última modificación: 15 de octubre de 2026Ver en el BOE (pestaña nueva)