Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General

Disposición transitoria octava. Congelación de subvenciones para gastos electorales y envíos de publicidad y propaganda electoral.

Disposición transitoria 8.ª LOREG

Los artículos se reforman. Aquí puedes leer cómo decía a una fecha concreta. ¿Qué elijo?

Hoy

Las subvenciones referidas en los artículos: 175.1.a), b) y c); 193.1.a) y b); 175.3.a); 193.3.a) se entenderán congeladas a fecha de 31 de diciembre de 2010 durante el ejercicio 2011.

Última modificación: 15 de octubre de 2026Ver en el BOE (pestaña nueva)