Ley Orgánica 2/1979, de 3 de octubre, del Tribunal Constitucional
Artículo veintiséis
Art. 26 LOTCLa responsabilidad criminal de los Magistrados del Tribunal Constitucional sólo será exigible ante la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo.
Última modificación: 15 de octubre de 2026Ver en el BOE (pestaña nueva)