Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
Disposición transitoria cuarta. Régimen transitorio de los archivos, registros y punto de acceso general.
Disposición transitoria 4.ª LPACMientras no entren en vigor las previsiones relativas al registro electrónico de apoderamientos, registro electrónico, punto de acceso general electrónico de la Administración y archivo único electrónico, las Administraciones Públicas mantendrán los mismos canales, medios o sistemas electrónicos vigentes relativos a dichas materias, que permitan garantizar el derecho de las personas a relacionarse electrónicamente con las Administraciones.
Última modificación: 15 de octubre de 2026Ver en el BOE (pestaña nueva)