Ley 24/2015, de 24 de julio, de Patentes
Artículo 151. Ámbito de aplicación.
Art. 151 LPATLas disposiciones de esta Ley y de su Reglamento de ejecución se aplicarán a las solicitudes de patente europea y a las patentes europeas que produzcan efectos en España, en todo lo que no se oponga al Convenio sobre concesión de Patentes Europeas, hecho en Munich el 5 de octubre de 1973, denominado en lo sucesivo CPE.
Última modificación: 15 de octubre de 2026Ver en el BOE (pestaña nueva)