Ley 24/2015, de 24 de julio, de Patentes
Artículo 20. Ámbito de aplicación.
Art. 20 LPATLas normas del presente Título serán asimismo aplicables a los funcionarios, empleados y trabajadores del Estado, Comunidades Autónomas, Provincias, Municipios y demás Entes Públicos, sin perjuicio de lo previsto en el artículo siguiente.
Última modificación: 15 de octubre de 2026Ver en el BOE (pestaña nueva)
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- Tema 11. La propiedad industrial y los signos distintivos de la empresa, con referencia al régimen europeo.Bloque IV: Derecho Mercantil