Ley 24/2015, de 24 de julio, de Patentes

Disposición adicional tercera. Tramitación preferente de solicitudes.

Disposición adicional 3.ª LPAT

Los artículos se reforman. Aquí puedes leer cómo decía a una fecha concreta. ¿Qué elijo?

Hoy

A propuesta de la Oficina Española de Patentes y mediante orden del Ministro de Industria, Energía y Turismo se podrá disponer la tramitación preferente de solicitudes de patentes y modelos de utilidad relativas a tecnologías relacionadas con los objetivos de sostenibilidad establecidos en la Ley 2/2011, de 4 de marzo, de Economía Sostenible.

Última modificación: 15 de octubre de 2026Ver en el BOE (pestaña nueva)