Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la jurisdicción social
Artículo 169. Contenido de la demanda.
Art. 169 LRJSA la demanda deberán acompañarse copias de los estatutos y de la resolución denegatoria, de haber ésta recaído expresamente, o bien copia acreditativa de la presentación de dichos estatutos.
Última modificación: 15 de octubre de 2026Ver en el BOE (pestaña nueva)
Este artículo entra en…
- Tema 12. Modalidades procesales: despidos, conflictos colectivos, impugnación de los convenios colectivos. Tutela de derechos fundamentales y libertades públicas. El procedimiento monitorio laboral.Bloque VI: Derecho del Trabajo y Seguridad Social y Derecho Procesal Social