Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la jurisdicción social

Artículo 266. Calidad de la adquisición a favor de los ejecutantes o sus representantes.

Art. 266 LRJS

Los artículos se reforman. Aquí puedes leer cómo decía a una fecha concreta. ¿Qué elijo?

Hoy

Sólo la adquisición o adjudicación practicada en favor de los ejecutantes o de los responsables legales solidarios o subsidiarios podrá efectuarse en calidad de ceder a tercero.

Última modificación: 15 de octubre de 2026Ver en el BOE (pestaña nueva)

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