Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público
Disposición adicional decimosexta. Servicios territoriales integrados en las Delegaciones del Gobierno.
Disposición adicional 16.ª LRJSPLos servicios territoriales que, a la entrada en vigor de esta Ley, estuviesen integrados en las Delegaciones del Gobierno continuarán en esta situación, siendo aplicable a los mismos lo previsto en la presente Ley.
Última modificación: 15 de octubre de 2026Ver en el BOE (pestaña nueva)