Real Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de julio, texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital
Artículo 302. Aumento por conversión de obligaciones.
Art. 302 LSCCuando se aumente el capital por conversión de obligaciones en acciones, se aplicará lo establecido en el acuerdo de emisión de las obligaciones.
Última modificación: 15 de octubre de 2026Ver en el BOE (pestaña nueva)