Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno
Disposición adicional quinta. Colaboración con la Agencia Española de Protección de Datos.
Disposición adicional 5.ª LTAIBGEl Consejo de Transparencia y Buen Gobierno y la Agencia Española de Protección de Datos adoptarán conjuntamente los criterios de aplicación, en su ámbito de actuación, de las reglas contenidas en el artículo 15 de esta Ley, en particular en lo que respecta a la ponderación del interés público en el acceso a la información y la garantía de los derechos de los interesados cuyos datos se contuviesen en la misma, de conformidad con lo dispuesto en esta Ley y en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre.
Última modificación: 15 de octubre de 2026Ver en el BOE (pestaña nueva)
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- Tema 8. La Gobernanza Pública y el Gobierno Abierto. Concepto y principios informadores del Gobierno Abierto: Colaboración, participación, transparencia y rendición de cuentas. Datos abiertos y reutilización. El marco jurídico y los planes de Gobierno Abierto en España.Bloque I: Derecho Constitucional y de la Unión Europea