Reglamento (CE) n.º 864/2007 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de julio de 2007, relativo a la ley aplicable a las obligaciones extracontractuales (Roma II)
Artículo 26 Orden público del foro
Art. 26 RCE 864/2007Solo podrá excluirse la aplicación de una disposición de la ley designada por el presente Reglamento si esta aplicación es manifiestamente incompatible con el orden público del foro.
Última modificación: 15 de octubre de 2026Ver en el BOE (pestaña nueva)