Real Decreto 1608/2005, de 30 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico del Cuerpo de Secretarios Judiciales

Artículo 186. Recursos.

Art. 186 ROCSJ

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Hoy

El régimen de recursos aplicable a las resoluciones que pongan fin al procedimiento será el establecido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Última modificación: 15 de octubre de 2026Ver en el BOE (pestaña nueva)

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Del 21/01/2006 al 23/12/2024BOE-A-2006-839

Artículo 186. Recursos.

El régimen de recursos aplicable a las resoluciones que pongan fin al procedimiento será el establecido en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

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Artículo 186. Recursos. El régimen de recursos aplicable a las resoluciones que pongan fin al procedimiento será el establecido en la Ley [suprimido: 30/1992, de 26 de noviembre,] [añadido: 39/2015,] de [suprimido: Régimen Jurídico] [añadido: 1] de [suprimido: las Administraciones Públicas y] [añadido: octubre,] del Procedimiento Administrativo [suprimido: Común.] [añadido: Común de las Administraciones Públicas.]