RDLeg 1/2020, de 5 de mayo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Concursal
Artículo 237. Recurso contra la sentencia de rescisión.
Art. 237 TRLCQuienes hubieran sido parte en el incidente de rescisión podrán interponer contra la sentencia recurso de apelación. La tramitación y la resolución del recurso tendrán carácter preferente.
Última modificación: 15 de octubre de 2026Ver en el BOE (pestaña nueva)
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Del 01/09/2020 al 25/09/2022BOE-A-2020-4859
Artículo 237. Recurso contra la sentencia de rescisión.
La sentencia que se dicte en el incidente de rescisión será directamente apelable. La tramitación y la resolución de este recurso de apelación tendrán carácter preferente.
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