RDLeg 1/2020, de 5 de mayo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Concursal

Artículo 453. Personación de acreedores y demás legitimados.

Art. 453 TRLC

Los artículos se reforman. Aquí puedes leer cómo decía a una fecha concreta. ¿Qué elijo?

Hoy

En caso de incumplimiento del convenio, si el informe o informes de calificación solicitaran la calificación del concurso como culpable, cualquier acreedor o persona que acredite interés legítimo podrá personarse en la sección sexta o en la pieza separada, antes de la celebración de la vista, para defender esta calificación.

Última modificación: 15 de octubre de 2026Ver en el BOE (pestaña nueva)

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Del 01/09/2020 al 25/09/2022BOE-A-2020-4859

Artículo 453. Personación de acreedores.

Dentro del plazo de diez días, contado desde la última publicación que se hubiera dado a la resolución por la que el juez hubiera acordado la reapertura de esa sección o la formación de pieza separada, cualquier acreedor o persona que acredite interés legítimo podrá personarse en la sección o en la pieza separada y, en su caso, alegar por escrito cuanto considere relevante para que la administración concursal o el Ministerio Fiscal puedan fundar la calificación del concurso como culpable en razón del incumplimiento del convenio por causa imputable al concursado.

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Artículo 453. Personación de [suprimido: acreedores.] [añadido: acreedores y demás legitimados.] [suprimido: Dentro del plazo] [añadido: En caso] de [suprimido: diez días, contado desde la última publicación que se hubiera dado a la resolución por la que] [añadido: incumplimiento del convenio, si] el [suprimido: juez hubiera acordado la reapertura de esa sección] [añadido: informe] o [suprimido: la formación] [añadido: informes] de [suprimido: pieza separada,] [añadido: calificación solicitaran la calificación del concurso como culpable,] cualquier acreedor o persona que acredite interés legítimo podrá personarse en la sección [añadido: sexta] o en la pieza [suprimido: separada y, en su caso, alegar por escrito cuanto considere relevante para que] [añadido: separada, antes de] la [suprimido: administración concursal o el Ministerio Fiscal puedan fundar] [añadido: celebración de] la [suprimido: calificación del concurso como culpable en razón del incumplimiento del convenio por causa imputable al concursado.] [añadido: vista, para defender esta calificación.]