RDLeg 1/2007, de 16 de noviembre, texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios
Artículo 9. Bienes y servicios de uso común.
Art. 9 TRLGDCULos poderes públicos protegerán prioritariamente los derechos de los consumidores y usuarios cuando guarden relación directa con bienes o servicios de uso o consumo común, ordinario y generalizado.
Última modificación: 15 de octubre de 2026Ver en el BOE (pestaña nueva)