RDLeg 1/2007, de 16 de noviembre, texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios

Artículo 9. Bienes y servicios de uso común.

Art. 9 TRLGDCU

Los artículos se reforman. Aquí puedes leer cómo decía a una fecha concreta. ¿Qué elijo?

Hoy

Los poderes públicos protegerán prioritariamente los derechos de los consumidores y usuarios cuando guarden relación directa con bienes o servicios de uso o consumo común, ordinario y generalizado.

Última modificación: 15 de octubre de 2026Ver en el BOE (pestaña nueva)