Según el artículo 75.2.º de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia conocerá, además de los recursos contra las resoluciones de las Secciones de lo Social, de los recursos de suplicación y demás que prevé la ley contra las resoluciones en materia laboral de:
- Opción a: Las Secciones Civiles de los Tribunales de Instancia de la comunidad autónoma.
- Opción b: Las Secciones de lo Contencioso-Administrativo de los Tribunales de Instancia.
- Opción c: Las Secciones de lo Mercantil de los Tribunales de Instancia de la comunidad autónoma.
- Opción d: Las Secciones de Instrucción de los Tribunales de Instancia de la comunidad autónoma.
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Respuesta correcta: c)
El art. 75.2.º LOPJ incluye los recursos de suplicación y demás contra las resoluciones de las Secciones de lo Mercantil en materia laboral y las que resuelvan incidentes concursales sobre la misma materia.