Real Decreto de 24 de julio de 1889, Código Civil

Artículo 1033.

Art. 1033 CC

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Hoy

Los gastos del inventario y las demás actuaciones a que dé lugar la administración de la herencia aceptada a beneficio de inventario y la defensa de sus derechos, serán de cargo de la misma herencia. Exceptúanse aquellos gastos imputables al heredero que hubiese sido condenado personalmente por su dolo o mala fe.

Lo mismo se entenderá respecto de los gastos causados para hacer uso del derecho de deliberar, si el heredero repudia la herencia.

Última modificación: 15 de octubre de 2026Ver en el BOE (pestaña nueva)

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Del 16/08/1889 al 22/07/2015BOE-A-1889-4763

Artículo 1033.

Las costas del inventario y los demás gastos a que dé lugar la administración de la herencia aceptada a beneficio de inventario y la defensa de sus derechos serán de cargo de la misma herencia. Exceptúanse aquellas costas en que el heredero hubiese sido condenado personalmente por su dolo o mala fe.

Lo mismo se entenderá respecto de las causadas para hacer uso del derecho de deliberar, si el heredero repudia la herencia.

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Artículo 1033. [suprimido: Las costas] [añadido: Los gastos] del inventario y [suprimido: los] [añadido: las] demás [suprimido: gastos] [añadido: actuaciones] a que dé lugar la administración de la herencia aceptada a beneficio de inventario y la defensa de sus [suprimido: derechos] [añadido: derechos,] serán de cargo de la misma herencia. Exceptúanse [suprimido: aquellas costas en que el] [añadido: aquellos gastos imputables al] heredero [añadido: que] hubiese sido condenado personalmente por su dolo o mala fe. Lo mismo se entenderá respecto de [suprimido: las causadas] [añadido: los gastos causados] para hacer uso del derecho de deliberar, si el heredero repudia la herencia.