Real Decreto de 22 de agosto de 1885, Código de Comercio

Art. 193.

Art. 193 CCOM

Los artículos se reforman. Aquí puedes leer cómo decía a una fecha concreta. ¿Qué elijo?

Hoy

Corresponderán principalmente a la índole de estas compañías las operaciones siguientes:

1.ª El depósito, conservación y custodia de los frutos y mercaderías que se les encomienden.

2.ª La emisión de sus resguardos nominativos o al portador.

Última modificación: 15 de octubre de 2026Ver en el BOE (pestaña nueva)